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Dengue se consolidó problema endémico en #AgsMx

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Los magistrados de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron el jueves 17 la resolución dictada por la Sala Administrativa y Electoral de Aguascalientes, que declaró la validez de la elección municipal de San Francisco de los Romo, pues el PAN y su candidata a dicha presidencia municipal no controvirtieron las razones expresadas por la autoridad local por las cuales sostuvieron que no existían hechos violentos o de presión que ocasionaran la anulación de los comicios.
Asimismo, se validó el desechamiento de la prueba consistente en una llamada telefónica, tomando en consideración que por disposición de la Constitución Federal las comunicaciones privadas no pueden ser intervenidas sin orden judicial; por último, se consideró que las casillas cuestionadas sí fueron integradas según lo exige la ley.
Así, quedó firme la elección de la priista Iraís Martínez de la Cruz, quien será la próxima presidenta municipal del municipio de San Francisco de los Romo.
Al respecto, la presidenta del PRI Aguascalientes, Norma Esparza Herrera señaló:
“En el PRI nos congratulamos con la confirmación en la Sentencia de la Sala Monterrey que emitió, en la que ratifica el triunfo de la alcaldesa (electa) de San Francisco de los Romo, Iraís Martínez. Estoy segura  del trabajo de Iraís y de todo su equipo, sin duda harán un excelente papel en mejora continua por el hermoso municipio, dándole seguimiento al gran trabajo de su antecesora Margarita Gallegos”.


Este viernes 11 de noviembre, a las 10 horas, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEEAGS) realizará una sesión extraordinaria para asignar las regidurías de representación proporcional (plurinominales) de los ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María y San José de Gracia, incluyendo esta vez la lista propuesta por las planillas de candidatos independientes que obtuvieron más del 2.5 por ciento de la votación válida.
Con ello, el IEEAGS estará dando cumplimiento a las diversas resoluciones emitidas por la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el miércoles 2 de noviembre, en las que se le ordenó al organismo electoral solicitar a las planillas de candidatos independientes una lista de regidores plurinominales, integrada por los nombre de personas que hayan participado en la planilla durante la elección local de junio de 2016.
La resolución de la Sala Monterrey fue motivada por la impugnación de los candidatos independientes, a los cuales la legislación electoral local no les permite registrar lista de regidores plurinominales.
En el caso de la planilla de candidatos independientes del municipio de Aguascalientes, se informó que la lista será integrada por Mauricio González López y Carla Casio.


Mauricio González López, el candidato independiente a la presidencia municipal de Aguascalientes, que obtuvo 40 mil votos en las elecciones locales de junio de 2016, encabezará la lista de las posiciones plurinominales, a las que los tribunales electorales federales les dieron derecho.
En la segunda posición va Carla Casio, informó el propio Mauricio González en conferencia de prensa este miércoles.
Con casi 15 por ciento de los votos, aunque el código electoral local les negó el derecho a registrar una lista de regidores plurinominales, la planilla de independientes combatió ante la Sala Administrativa y Electoral de Aguascalientes su derecho a tener representación en el Cabildo de la capital. La instancia local les negó el derecho.
En la impugnación ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los independientes consiguieron el derecho a proponer una lista de regidores plurinominales.
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEAGS) sesionará el próximo viernes para aprobar la lista de regidurías plurinominales asignadas y entregarles las constancias respectivas, informó Mauricio González.
Agregó que el PRD y Morena están en su derecho de impugnar en la Sala Superior del TEPJF el fallo de la sala regional, pero confió en que la instancia superior mantenga el sentido de la resolución que fue por unanimidad.
La presidenta municipal electa, Tere Jiménez ya felicitó a los próximos regidores plurinominales  independientes, dijo el propio Mauricio.


El PRI acepta el fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aseguró la Presidenta del Comité Directivo Estatal (CDE), Norma Esparza Herrera, al tiempo que agradeció la participación de Lorena Martínez como candidata, así como a los aliados, a las estructuras, en general a las mujeres y hombres militantes valiosos, en especial a los ciudadanos que confiaron en un proyecto de vida mejor para Aguascalientes, se informó en un boletín de prensa.
La presidenta Norma Esparza, señaló que los gobiernos priistas de Aguascalientes y en particular el actual, le han dado al estado los instrumentos jurídicos, el crecimiento industrial y la sustentabilidad para continuar por la ruta de la paz social, de la seguridad y del progreso.
“El proyecto de los priistas para Aguascalientes es el proyecto que enarboló Lorena Martínez, el del mejoramiento de la vida de los hidrocálidos, por consolidar a este, nuestro Estado, como el mejor para vivir y ese proyecto se mantiene”, destacó.
Explicó que si bien el PRI y los partidos aliados dimos la lucha jurídica estrictamente en los tribunales competentes con total respeto a la vida económica, política y social en el estado, la cual, nunca trastocamos, en una votación dividida los Magistrados decidieron ratificar el triunfo del Candidato del Partido Acción Nacional a la gubernatura de Aguascalientes.
Demandó que no se extravíe la ruta ya que seremos los más puntuales vigilantes de que ello no suceda. Habremos de ser una oposición responsable, atenta a que se cumplan los compromisos de campaña y de que se atiendan las demandas de todas y todos los aguascalentenses.
Destacó que los partidos coaligados respetamos la legalidad además de que: “En política, ni las victorias; ni las derrotas, son para siempre”.
Abundó que: “No hay tiempo para recriminaciones y mucho menos para enfrentamientos. Los tiempos son de mucho trabajo y de lealtad inquebrantable al PRI, a Aguascalientes y a México. Es el inmovilismo social el que lleva a resultados adversos, solo con la inclusión, la participación organizada y responsable de todos los priistas será posible enfrentar los retos que representa la condición de partido en la oposición”.
Aseveró que en el PRI estamos listos para la renovación integral de nuestro partido en coordinación con el CEN del PRI, para que el relevo se dé sumando y no restando, es necesario que abramos las puertas a los jóvenes, a las mujeres y hombres valiosos que tengan que aportar, que se haga sentir la fuerza de la militancia, que todos participen, que movilicemos conciencias para darle causa así como destino para la fuerza de cambio y renovación.
“Convoco a todos los priistas a mantenernos unidos en lo esencial, los convoco a todos sin distinción de corrientes, porque los auténticos priistas no olvidamos que el PRI no es de las corrientes, el PRI es de sus militantes y los principios del partido están por encima de cualquier corriente”, puntualizó.
Arturo Elías Ruvalcaba Presidente de Nueva Alianza y Gilberto Gutiérrez Gutiérrez, Secretario General del PVEM, manifestaron el compromiso de sus respectivos institutos políticos al honrar los compromisos signados al momento de coaligarse y reconocieron tanto a la militancia como a la participación profesional de Lorena Martínez.


La Sala Superior del TEPJF determinó revocar la sentencia de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes y en plenitud de jurisdicción declaró la validez de la elección para gobernador de junio pasado en Aguascalientes; ratificando con ello la constancia de mayoría otorgada al candidato del PAN, Martín Orozco, que con la decisión de esta tarde en la sesión pública se convierte en el gobernador electo.
La decisión se dio con los votos a favor del proyecto presentado de cuatro magistrados y dos en contra. En contra: Flavio Galván Rivera y María del Carmen Alaníz Figueroa. A favor: Manuel González Oropeza, Pedro Esteban Penagos López, presidente Constancio Carrasco Daza y el ponente Salvador Olimpo Nava Gomar.
En el debate los magistrados resolvieron dos juicios de revisión constitucional presentados por el PRI y por Morena, inconformes con la sentencia de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes en la que se declaro válida la elección de gobernador.
En el caso de Morena, la Sala Superior le dio la razón en el sentido de tener interés en impugnar la validez de la elección, lo que la Sala Electoral local le había negado.
Respecto de dos causas de nulidad invocadas por el PRI: el reparto de despensas a favor de candidatos panistas y el presunto rebase de topes de campaña, el ministro autor del proyecto recordó que en la sesión de la semana pasada ambas fueron desestimadas. Tampoco les dieron la razón en la supuesta inelegibilidad del candidato panista.
El magistrado ponente consideró que la sala Local electoral no valoró debidamente la queja de los partidos que impugnaron, en el sentido de la participación de algunos ministros de la Iglesia Católica en el proceso electoral.
Si bien la conducta de los ministros de culto quedó debidamente probada, el ministro consideró que esa participación no fue suficiente para incidir en la anulación del proceso electoral. Incluso se consideró que el mensaje de los ministros de culto, además de coincidir con los estatutos del PAN desde su fundación, también coincidieron con posturas de la candidata del PRI, Lorena Martínez, quien se manifestó en contra de la iniciativa presidencial de los matrimonios entre personas del mismo sexo.
A lo largo del debate, todos los magistrados coincidieron en que la carta pastoral emitida por el obispo de Aguascalientes, José María de la Torre Martín, con diversos considerandos sobre las elecciones sí tuvo incidencia en el proceso electoral, pero solo dos magistrados consideraron que era suficiente para anular la elección. En consecuencia se pronunciaron por dar vista a la Secretaría de Gobernación para que sancione conforme a la ley al obispo y alos demás ministros de culto que infringieron la ley vigente.


Este miércoles podrían resolver en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) las impugnaciones al resultado de la elección para gobernador en Aguascalientes, efectuada en junio pasado, interpuestas por el PRI y por Morena.
Desde el fin de semana infoags publicó el adelanto y este miércoles Martha Anaya en Alhajero también lo indica.
La impugnación priista al resultado electoral llega al tribunal bastante debilitada luego de que de las cuatro patas que la sostenían ha perdido dos, las más importantes. En el propio TEPJF los priistas perdieron la oportunidad de demostrar el presunto rebase en el tope de gastos de campaña de Martín Orozco. Y tampoco pudieron demostrar una entrega de despensas a favor de los candidatos panistas, por parte del presidente municipal Juan Antonio Martín del Campo.
Las dos cartas con que se la jugarán son la supuesta inelegibilidad de Martín Orozco y la supuesta intervención de la Iglesia Católica a favor de los candidatos panistas.
La esperanza de los priistas es que se anule la elección, aunque lo que se conoce de su defensa jurídica no cumpla los requisitos constitucionales para ello.


En su Alhajero de este miércoles en 24Horas, Martha Anaya publica La última bala:
Del lado de los blanquiazules están optimistas. Entre los allegados al aguascalentense Martín Orozco Sandoval, aún más.
Y es que, según la información que han recibido, “todo parece indicar” que en unas horas más –este miércoles– el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificará el triunfo del candidato panista a la gubernatura.
El proceso de la elección en tribunales ha sido largo. Más de lo esperado.
Casi a cuentagotas, diferentes instancias judiciales han ido desechando los argumentos del PRI para anular la elección en Aguascalientes (van alrededor de 10 sentencias en ese sentido).
La Sala Superior del Tribunal Electoral desechó la semana pasada –“de manera definitiva e inequívoca”– dos de las más importantes: la supuesta intervención del alcalde y el uso de programas sociales, así como el rebase de gastos de campaña.
La única acusación que queda “viva” es la presunta intervención de la Iglesia en el proceso electoral.
El PRI y su candidata Lorena Martínez alegan que luego de que el presidente Enrique Peña Nieto formuló la iniciativa sobre el matrimonio igualitario, la Iglesia católica se volcó en una serie de acciones en contra de su partido y que eso constituyó una violación al proceso electoral.
Los panistas rechazan tales señalamientos y refieren varios factores que, desde su punto de vista, “contradicen esa impugnación”:
No hay un solo sacerdote denunciado durante la campaña electoral. Todos estos argumentos se plantearon una vez que conocieron el resultado y que la candidata del PRI ya había aceptado su derrota.
No hay un solo vínculo ni un llamado al voto a favor de Martín Orozco y el PAN, como tampoco lo hay en contra de Lorena Martínez y los partidos que la postularon. Es más, alegan, cinco de seis candidatos se manifestaron en contra de la iniciativa del presidente Peña y ni siquiera Morena, que fue el único que avaló la iniciativa, sufrió ataque alguno por parte de la Iglesia.
Esto es sumamente relevante, subrayan: todos sabemos que es la Secretaría de Gobernación la encargada de revisar y sancionar en su caso las conductas que tenga la Iglesia en el ámbito político del país. Cuando el Tribunal preguntó a la Segob si existía un proceso contra algún cura en Aguascalientes, respondió que no.
En cuanto a las personas que acudieron ante un notario para declarar como testigos de la supuesta participación de un párroco, éstos “son miembros del PRI en la entidad o trabajan para diputados locales del tricolor en el Congreso local”.
Así, pues, los azules creen que el Tribunal Electoral dará ya “la última estocada” al PRI en Aguascalientes y ratificará el triunfo de Orozco, por casi 14 mil votos.


El pleno de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)  consideró el viernes 14 de octubre, inicialmente, que la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes no realizó una adecuada valoración sobre distintas pruebas aportadas por el PRI, que buscaban demostrar que la administración municipal del panista Juan Antonio Martín del Campo difundió propaganda gubernamental durante la etapa de campañas.
Sin embargo, la Sala llevó a cabo el análisis completo de las pruebas y concluyó que las violaciones denunciadas no afectaron el resultado de la jornada electoral.
Lo anterior, pues al no haber bases para determinar el carácter generalizado y sistemático de las irregularidades, se determinó que los resultados de la votación derivaron de la expresión libre de la voluntad ciudadana.
En consecuencia, los magistrados ratificaron el triunfo de la candidata del PAN, Tere Jiménez y desecharon la impugnación al resultado que hizo el PRI.


Ayer miércoles 12, los magistrados del TEPJF le serrucharon dos patas, las más sólidas, a la mesa sobre la que se sostenía la impugnación del PRI y socios al resultado de las elecciones para gobernador de junio pasado en Aguascalientes.
La apuesta tricolor era demostrar que el alcalde de Aguascalientes, Toño Martín del Campo, anduvo repartiendo despensas para beneficiar al candidato Martín Orozco. No lo pudieron demostrar. Una pata menos.
Otro intento del priismo fue acusar a MOS y al PAN de haber rebasado el tope de gastos de campaña. En esto los tricolores salieron raspados: el INE los acuso de mentirosos y de hacerlos perder el tiempo. Y los magistrados tampoco avalaron la queja. Segunda pata serruchada.
Ahora la mesa del PRI se quedó con dos patas, las más débiles.
La presunta injerencia de la Iglesia Católica en el proceso electoral, que no es vinculatoria al tema electoral, entre otras cosas porque constitucionalmente no es causa de nulidad de la elección.
Y la cuarta pata: la presunta inelegibilidad de Martín Orozco, que debió ser combatida desde que le aceptaron el registro como candidato, pero que a nadie se le ocurrió.
Los que saben de derecho electoral dicen que además de tener la razón, hay que probarla; y esperar a que los magistrados te la concedan.
Suponiendo sin conceder que el PRI tenía la razón, ahora es claro que sus equipos jurídicos no probaron tenerla, incluso el INE los acusó de “proporcionar información inverosímil”; les dijeron mentirosos pues. ¿Cómo esperaban que les concedieran la razón; por un milagro de San Marcos o de la Virgen de la Asunción?
Las elecciones se ganan en las urnas, y se defienden en la mesa. Las elecciones se ganan trabajando como si hasta el último minuto lo tuvieras todo en contra. Desechar el escenario de la derrota, por irresponsabilidad o por soberbia, es abdicar de la tarea partidista principal: buscar el acceso al poder.
¿Para qué pidieron el voto en el proceso electoral si no estaban haciendo lo necesario para defenderlo? Esa es otra forma de hacer fraude: a tus candidatos, a tus electores, a uno mismo.
/jmr


En su sesión pública del miércoles 12 de octubre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó por infundada la queja del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el sentido de que el candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la gubernatura de Aguascalientes en los pasados comicios locales, Martín Orozco, rebasó los topes de gastos de campaña (expediente SUP-RAP-352/2016 del TEPJF).
El PRI intentó desestimar las resoluciones (INE-ATG/345/2016 y INE/CG534/2016) emitidas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) luego de una queja del tricolor en materia de fiscalización en la que argumentaba que el PAN y su candidato se habían excedido en los gastos de campaña.
El proyecto de resolución, que ni siquiera fue discutido por los magistrados, que lo aprobaron por unanimidad, consideró que los elementos aportados por los priistas no fueron convicentes.
El PRI también falló en demostrar que los gastos de campaña del PAN no estaban registrados en el Sistema Integral de Fiscalización de los partidos políticos del INE.
Y tampoco pudieron los priistas probar que no se contabilizó el gasto en propaganda en internet.
Además, el PRI intentó acusar al INE de realizar un monitoreo de medios de comunicación parcial pero no pudo demostrarlo.
La decisión de los magistrados electorales no le dio la razón al PRI respecto a ls irregularidades presuntamente encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos Gobernador, Diputados Locales y Ayuntamientos, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2015-2016, en el estado de Aguascalientes

Acusados de mentir
La historia del intento del PRI por demostrar que Martín Orozco gastó más de lo permitido es la siguiente, de acuerdo a un informe del propio INE:
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) “intentó sorprender” al Instituto Nacional Electoral (INE) “proporcionando información inverosímil, pretendiendo que se cuantificaran” a Martín Orozco Sandoval, candidato del PAN a la gubernatura de Aguascalientes, “gastos dobles o bien inexistentes, lo que devino en un gasto de recursos humanos y materiales de la autoridad, distrayendo la atención de los casos serios”.
Para ello el PRI utilizó los servicios del corredor público número 65 de la Ciudad de México, Alfredo Trujillo Betanzos, cuyo desempeño deberá ser revisado por la Secretaría de Economía, a quien el INE dará vista, “en virtud de las inconsistencias advertidas” en el documento certificado en el que el tricolor fundó sus acusaciones.
También se acordó investigar cuánto cobró el referido corredor público por los servicios prestados al tricolor en su “carácter de perito valuador”.
Además, el propio INE tendrá que determinar “lo que en derecho corresponda” para sancionar al PRI por la conducta referida, esto una vez que la resolución aprobada este jueves 14 por el Consejo General quede en firme.
Al resolver el expediente INE/Q-COF- UTF/88/2016/AGS, el Consejo General del INE determinó desechar el intento del PRI de demostrar que el candidato panista Martín Orozco rebasó los topes de gastos de campaña, declarando “infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización”.


El miércoles 12 de octubre, el Partido Revolucionario Institucional y los partidos que fueron en coalición con el en las pasadas elecciones locales recibieron un nuevo revés en los tribunales electorales.
Al resolver el expediente SUP-JRC-333/2016, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia dictada por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en el procedimiento especial sancionador SAE-PES-0125/2016, en cumplimiento de la resolución emitida por la Sala Superior en el expediente SUP-JRC-271/2016; que entre otras cuestiones, declaró inexistente la conducta denunciada por el Partido Revolucionario Institucional contra Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo y Enrique Montalvo Vivanco, presidente municipal y secretario de Desarrollo Social, ambos del Ayuntamiento de Aguascalientes, consistente en la entrega de despensas por parte de la Secretaría de Desarrollo Social del aludido Ayuntamiento, que presuntamente beneficiaban a Martín Orozco Sandoval, entonces candidato del Partido Acción Nacional, a gobernador.
En la sentencia se determinaron como infundados los motivos de inconformidad, promovidos por el PRI, sobre la falta de publicación de las reglas de operación del programa social “Juntos nutrimos Aguascalientes” en el periódico oficial del estado porque las reglas de aplicación de los programas sociales municipales no necesitan para su validez jurídica, ser publicadas en el periódico oficial del estado de Aguascalientes.
Respecto a la entrega indebida de las despensas, el PRI no logró demostrar que se hubieran desatendido las reglas de operación del programa social, ni que se hubiera inobservado el padrón de beneficiarios.


La prensa de Aguascalientes y buena parte de la clase política espera que hoy se resuelvan las impugnaciones presentadas ante los tribunales electorales federales respecto a la resolución emitida previamente por la Sala Administrativa y Electoral local.
Hasta las 14 horas de este miércoles 12 de octubre no había sesión convocada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Además de otros asuntos pendientes de resolverse, dos son los que mantienen la atención puesta, uno presentado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y otro por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). En ambos el ponente es el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, el mismo que hace días hizo pública su postura respecto a la anulación de elecciones.

PRI
SUP-JRC-327/2016. Acto reclamado: Sentencia dictada por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en el recurso de nulidad SAE-RN-0146/2016, que entre otras cuestiones declaró improcedente el referido recurso interpuesto por la coalición actora en contra de los resultados consignados en el acta de computo estatal de la elección de Gobernador, declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría otorgada al candidato postulado por el Partido Acción Nacional, Martin Orozco Sandoval, dentro del proceso electoral local 2015-2016.

Morena
SUP-JRC-328/2016. Acto reclamado: Sentencia dictada por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en el recurso de nulidad SAE-RN-0144/2016, que entre otras cuestiones sobreseyó el recurso en cita, interpuesto por Morena en contra de los resultados consignados en el acta de computo estatal de la elección de Gobernador, declaración de validez de la elección contenida en el acuerdo CG-A-56/2016 y el otorgamiento de la constancia de mayoría otorgada al candidato postulado por el Partido Acción Nacional, Martin Orozco Sandoval, dentro del proceso electoral local 2015-2016


Mientras los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discutían la propuesta de anulación de la elección en Tocatlán, Puebla, el magistrado Salvador O. Nava Gomar tuiteó: “Sostengo que la nulidad de una elección solo procede cuando se surten los supuestos constitucionales previstos para ello”.
La afirmación del magistrado interesa, entre otras cosas, porque está pendiente la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a la impugnación del resultado de la elección en Aguascalientes, que presentaron el PRI y los partidos que se coaligaron. Y porque Nava Gomar sería el magistrado responsable de elaborar el proyecto de resolución.
¿Y cuáles son esos supuestos constitucionales? Están previstos en la fracción VI del artículo 41 de la Constitución federal:
VI. Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votados y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución.
En materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado.
La ley establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes en los siguientes casos:
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
a) Se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado;
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
b) Se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley;
(Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de Julio de 2014)
c) Se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento.
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
En caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada.
(Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
(Artículo reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007)

+ | Artículo 41 de la Constitución federal

+| Tuit del magistrado Salvador O. Nava Gomar


La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en relación con la elección municipal de Rincón de Romos, toda vez que no se probó que se hubieran presentado los incidentes graves que supuestamente afectaron los resultados electorales, por lo que no había motivos para determinar la nulidad de la elección o de las casillas que se impugnaron, informó la sala en un boletín de prensa.


El consejero Arturo Sánchez del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolver “pronto” las impugnaciones al resultado de la elección para gobernador de junio pasado en Aguascalientes.
“Si se resuelve pronto la autoridad tendría que declarar la validez, se prepara la toma de posesión o se declara la nulidad y hay que ver que instancia tendría que llevar a cabo la elección extraordinaria. Cualquiera de los dos escenarios implica que tengamos certeza a la brevedad posible de cuál es el punto de vista de la autoridad jurisdiccional”, sugirió el consejero Sánchez, publicó La Jornada.
La solicitud del integrante del Consejo general del INE se da en el contexto del reconocimiento por parte del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEEAGS) de 2 mil 800 votos del distrito local 1 que no fueron contabilizados y que corresponderían al PRI.
Las declaraciones del presidente de la comisión temporal de procesos electorales se dieron durante la inauguración del Foro de la Democracia Latinoamericana.
Cuestionado respecto a si el INE falló en su labor de vigilancia, Arturo Sánchez respondió que el desempeño de la autoridad local y del instituto están bajo escrutinio público. “No es una situación que nos guste que esté ocurriendo. No nos gusta que se tenga que impugnar una elección”.
No descartó que se presenten impugnaciones en contra de los consejeros de Aguascalientes y señaló que, además de la remoción, ya hay sanciones intermedias que se pueden imponer para castigar errores como la suspensión sin goce de sueldo, como se hizo con la consejera presidenta de Colima, publicó el diario.
+| Acción concertada del IEEAGS, dice el PRI #AgsMx y pide destituir inmediatamente a consejeros electorales
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Por unanimidad, los tres magistrados de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes desecharon, la tarde del jueves 11 de agosto, la impugnación de la coalición Aguascalientes Grande y para Todos en contra de la constancia de mayoría otorgada por el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEEAGS) a Martín Orozco Sandoval, postulado candidato a gobernador por el Partido Acción Nacional.
En el proyecto del magistrado Rigoberto Alonso se desestimaron los argumentos presentados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y los partidos coaligados, en el sentido de que Orozco Sandoval no era elegible, que rebasó el tope de gastos de campaña, que recibió apoyo del gobierno municipal de Aguascalientes y que se benefició con proselitismo de la Iglesia Católica a favor de su candidatura
Ante la resolución adversa, en conferencia de prensa la presidenta del PRI Aguascalientes, Norma Esparza, criticó el desempeño de los magistrados electorales locales; dijo que no les sorprendió la resolución en la que desecharon los argumentos del PRI y sus partidos coaligados; y, anunció que impugnarán ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la resolución.
"Que hasta ahorita nadie cante victoria, que el proceso electoral no ha terminado”, sostuvo la líder del tricolor.

A partir de este viernes, el Instituto Federal Electoral (IFE) consultará de forma expresa y por escrito a los ciudadanos en los Módulos de Atención si desean que sus datos de calle, número exterior y número interior del domicilio sean incorporados de manera visible o no en el anverso de la Credencial para Votar.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificaron en sesión pública el acuerdo aprobado en ese sentido por el Consejo General del IFE el pasado 23 de octubre, al considerar que no se violan los principios de certeza y legalidad.

En todos los casos, dichos datos serán incluidos de forma cifrada en el código de barras al reverso de la mica para los fines del propio Instituto, medida que forma parte de una serie de acciones a fin de atender las preocupaciones de la sociedad sobre la protección de sus datos personales. No obstante, todos los ciudadanos deben presentarse al Módulo de Atención con un comprobante de domicilio válido, con no más de tres meses de antigüedad y deberán proporcionar los datos completos del domicilio, sin importar si aparecerán visibles o no los datos mencionados.

El Instituto trabaja para que los ciudadanos cuenten con todas las garantías sobre la protección de sus datos personales. Para ello, el IFE cuenta con la capacidad técnica y humana para poder instrumentar sin contratiempos esta medida en todos los módulos del estado.


El IFE continuará orientando a la población sobre la ubicación de módulos, requisitos y horarios específicos, a través del Sistema Telefónico IFETEL (01-800- 433 2000) y del Centro Estatal de Consulta (CECEOC) al 915 45 10 de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas, y los sábados de 10:00 a 14:00 horas. Estas consultas también pueden hacerse a través del portal de internet del IFE (www.ife.org.mx) o de las redes sociales del Instituto: twitter @IFEMexico y Facebook: http//facebook/IFEMexico



El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, en su sesión de este miércoles, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del estado de Aguascalientes, emitida el 15 de septiembre pasado, en la que se confirmó el cómputo de la elección de gobernador, se declaró la validez de la elección y se ratificó la constancia de mayoría, entregada al candidato del PRI, PVEM y Nueva Alianza a gobernador, Carlos Lozano de la Torre.

Con dicha decisión, Aguascalientes se quedó sin gobernador electo. En tanto vuelva a realizarse el procedimiento legal para otorgar la constancia de mayoría a quien resulte gobernador electo.

La razón principal que fundamenta la revocación de la sentencia del Tribunal Electoral local es que existen 18 juicios de nulidad, presentados por el PAN en los 18 distritos locales electorales, juicios que no han sido resueltos. De acuerdo al TEPJF, esos 18 juicios debieron resolverse antes de validar la elección, pues el cómputo de la elección de gobernador se realiza con los resultados distritales.

En los hechos, desde la perspectiva del TEPJF, el Tribunal Electoral local se saltó un paso en la vía legal para validar la elección, pues desestimó los alegatos de uno de los actores de la elección, en este caso el PAN, y resolvió dar por válida la elección sin considerar las pruebas presentadas por los panistas.

En su sentencia, el TEPJF le dice al Tribunal Electoral local que dispone de 15 días, a partir de que sea notificado, para resolver los juicios de nulidad pendientes, volver a hacer el cómputo y volver a emitir la sentencia de validez de la elección, luego de lo cual dispone de 24 horas para notificar al TEPJF.

La decisión de los magistrados del TEPJF no tiene relación con el resultado final de la elección y su validez, sino que exige realizar un paso legal que se omitió. Una vez que el procedimiento se realice, los actores políticos involucrados podrán inconformarse en las instancias legales correspondientes si consideran que el resultado no es correcto.

Hasta este momento, no ha habido una opinión sobre el tema de Carlos Lozano De la Torre, candidato del PRI, PVEM y Nueva Alianza a gobernador.

En su página de Facebook, el candidato del PAN a gobernador, Martín Orozco Sandoval dijo:

Amigos la resolucion del TRIFE: Declara invalida el acta de gobernador del candidato de la alianza por falta de legalidad, ordena a autoridades electorales de Aguascalientes analizar conforme a derecho las impugnaciones presentadas. y resolver con apego a derecho.
SOLO QUIERO DECIRLES QUE ESTEMOS DONDE ESTEMOS CONTINUAREMOS TRABAJANDO POR UN AGUASCALIENTES DE VALOR Y VALORES!!


Actualización:
Boletín de prensa del TEPJF en el que se informa de la resolución respecto a la elección para gobernador:
Boletín de Prensa No. 104/2010

México, D. F., a 6 de octubre de 2010

EL TEPJF ORDENÓ REPONER SENTENCIA SOBRE CÓMPUTO FINAL Y VALIDEZ DE ELECCIÓN PARA GOBERNADOR DE AGUASCALIENTES

• El Tribunal Electoral de esa entidad no tomó en cuenta 18 impugnaciones distritales

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de Aguascalientes emitir una nueva sentencia respecto del cómputo final de la elección de gobernador de esa entidad, así como de la declaración de validez de la misma y la entrega de la constancia de mayoría en favor de Carlos Lozano de la Torre, candidato postulado por la coalición "Aliados por tu Bienestar" (PRI, PVEM, Panal).
Lo anterior, tras revocar dicha resolución ya que no se respetaron los actos y etapas que conforman el cómputo de la elección de gobernador, la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de validez y el sistema de nulidades.

El marco electoral hidrocálido establece que la autoridad administrativa debe llevar a cabo:
1. Cómputo de los 18 consejos distritales electorales, (impugnados por el PAN),
2. Cómputo final, sumando los 18 distritales, Consejo General del Instituto Electoral de Aguascalientes (IEA),
3. Entrega de constancia de mayoría por el Instituto local.

En el proyecto de sentencia, presentado por el magistrado Salvador Nava, se considera ilegal la resolución del tribunal de Aguascalientes porque no atendió en primer término las impugnaciones presentadas contra los cómputos parciales. Agregó que el sistema de impugnación electoral estatal señala que:

a) es obligatorio tener medios de impugnación sobre actos y resoluciones de los órganos electorales, para dar definitividad a los mismos;
b) el recurso de nulidad es el medio para combatir, entre otros, los resultados del cómputo distrital o estatal de la elección de gobernador,
c) las sentencias que los resuelvan podrán confirmar el acto impugnado, declarar la nulidad de la votación de una o varias casillas y las actas del cómputo correspondiente, revocar constancia expedida a favor del gobernador electo y/o, declarar la nulidad de la elección.

El tribunal local no tomó en cuenta en su sentencia las 18 impugnaciones que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó en contra de cada uno de los resultados de los cómputos distritales de esa elección, y soslayó los efectos jurídicos de aquellas en su resolución.

Es decir, el organismo local procedió de manera incorrecta al confirmar el cómputo definitivo y la validez del proceso sin tomar en cuenta dichas impugnaciones, que pueden repercutir en el cómputo estatal, con lo que no garantizó certeza jurídica al respecto.

Por lo que se otorgó un plazo de 15 días, a partir del siguiente de recibir esta sentencia de la Sala Superior del TEPJF, para que el tribunal hidrocálido dicte una nueva sentencia respecto del cómputo final, tomando en cuenta el resultado de los 18 recursos de nulidad distritales presentaron por el PAN.


Actualización 2:
Boletín de prensa del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, respecto de la resolución del TEPJF:
06 de octubre de 2010

Boletín de Prensa No. 409


Ante la indebida o errónea interpretación que pudiera hacerse sobre la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que emitió este miércoles en el juicio de revisión constitucional 209/2010, en el que se modifica el dictamen que dictó el Tribunal Estatal Electoral al resolver el recurso de nulidad No. 46 y sus acumulados, el CDE del PRI considera conveniente hacer las siguientes precisiones.

1.-Para el Partido Revolucionario Institucional en Aguascalientes, la elección del 4 de julio para gobernador, en la que resultó triunfador nuestro candidato Carlos Lozano de la Torre, así como todo el proceso comicial, fue legítimo, claro, transparente y apegado a derecho.

2.-Las impugnaciones presentadas por el Partido Acción Nacional para lograr anular la elección de gobernador, sólo han sido intentos desesperados por deslegitimar un proceso legal y pretender ganar en los tribunales lo que no ganaron en las urnas.

3.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó en primer lugar, que corresponde al Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes declarar en su caso la validez de la elección de gobernador.

4.-Asimismo, hasta en tanto no se resuelvan previamente los 18 recursos de nulidad presentados por el PAN respecto de la elección de gobernador en los 18 distritos locales, estamos conscientes de que el TRIFE confirmará el triunfo del PRI y la validez de la elección para gobernador.

5.-Sostuvo que para EL PRI los comicios del 4 de julio que favorecieron a los candidatos priístas y de la alianza, fueron legales, legítimos y transparentes y los intentos de los panistas para deslegitimarlos, solo son actos desesperados de quienes no asimilan aún la aplastante derrota electoral.

Señaló que como puede apreciarse, el Tribunal Estatal Electoral está dedicándose a resolver los juicios de los 18 distritos y cuando así lo haga se ratificará el triunfo legítimo del PRI y sus candidatos al resolver la impugnación de la elección de gobernador que planteó el PAN, fallidamente situación ésta que de ninguna manera modifica la elección del 4 de julio, ni sus resultados.

Agregó que el PRI no tiene ningún interés en violentar los tiempos; “la dirigencia del partido sabe que existen tiempos, formas y contenidos a los que se están sujetando las autoridades electorales, por lo que estamos confiados absolutamente de que tanto el TLE como el TRIFE ratificarán y respetarán la voluntad popular”

Para concluir enfatizó que el PAN fue vencido en las urnas de manera legítima, por la vía democrática luego de que la sociedad de Aguascalientes exigía y demandaba un cambio de siglas y de propuestas de gobierno; así los aguascalentenses votaron por la alternancia y en los hechos esta es una realidad inevitable.


Actualización 3:
Para el candidato del PAN a gobernador, Martín Orozco Sandoval, la resolución del TEPJF es un gran paso en su intento por conseguir la anulación de la elección:
El ex candidato del Partido Acción Nacional al gobierno del estado, Martín Orozco Sandoval, se dijo satisfecho por la resolución aprobada en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sobre la elección del pasado 4 de julio.

En el resolutivo del expediente SUP-JRC-290/2010, el TEPJF revocó la sentencia dictada por el Tribunal Local Electoral (TLE), mediante la cual se confirmó el computo final de la elección a gobernador de dicha entidad federativa, la validez de dicha elección, así como la constancia de mayoría a favor del candidato ganador e incluso ordenó al TLE dictar nueva sentencia, en 15 días.

En este sentido, el albiceleste aseveró que esto representa un "gran paso" para su objetivo final, que es la anulación total del proceso electoral, esto debido a las grandes anomalías y la inequidad que se vivió.

"Porque no sólo fue el maridaje de fraude entre el PRI y el gobernador Luis Armando Reynoso Femat, aquí además fue el maridaje y la maquinaria de fraude, una inequidad impresionante por el Instituto Estatal Electoral, que me quita 25% del periodo de campaña, una inequidad en los recursos, en los actos anticipados de campaña desde seis meses antes, una total falta de certeza jurídica", dijo.

Además de señalar que nunca harán manifestaciones mediáticas para pedir la anulación del proceso, Orozco Sandoval aseveró que siempre preferirá el camino de las instituciones, las cuales han sabido responder a la altura, al menos las federales.

"Aquí le acaban de poner una barrida al Tribunal Local Electoral y al IEE, estoy satisfecho pero consciente de que falta lo principal, la anulación de la elección, por violaciones constitucionales, falta eso. Ahora que resuelva el Tribunal Local, ante la exhibida nacional que le acaban de dar".

"Esta es una resolución que truena dos actos tan importantes, como son la validez de la elección y la constancia de mayoría, así que el papelito tan importante, de constancia de mayoría, al supuesto candidato, que se dice ganador, ya no le sirve de nada, él sabe todas las tranzas y todo lo que hicieron y a esto le falta mucho por avanzar", agregó.

Entrevistada al respecto, la Consejera Presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE), Georgina Barkigia Leal, desestimó la sentencia del TEPJF, al aseverar que esta resolución es sólo de forma y no de fondo, pues sólo regresa el caso al tribunal local y le da 15 días, para que concluya las impugnaciones a los conteos distritales y posteriormente vuelva a emitir una sentencia.


Con información de Noticias Aguascalientes

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La ex candidata del PAN a la segunda diputación plurinominal, Alma Hilda Medina Macías perdió en la Sala Regional Monterrey del TEPJF un juicio de protección de sus derechos político-electorales y con ello el PAN se quedó sin otro diputado plurinominal, posición que será ocupada por Heriberto Gallegos del PANAL.
Así, la composición de las diputaciones plurinominales en la próxima legislatura del Congreso de Aguascalientes será de: 2 para el PAN, 2 para el PRI y uno para cada uno de los partidos: PRD, PT, PVEM, Convergencia y PANAL.
Recordando que las diputaciones de mayoría quedaron repartidas así: 12 para el PRI, 3 para Nueva Alianza, 2 para el PAN, y 1 para el PVEM,

Alma Hilda quería la diputación de Heriberto Gallegos
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó (descargar sentencia SM-JDC-0259-2010) en sesión pública este 2 de septiembre de 2010, el reparto de diputados plurinominales que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral del Estado de Aguascalientes realizó en su acuerdo G-A-58/10 (descargar) del 11 de julio de 2010.
Y con ello resolvió el juicio de protección de derechos político-electorales del ciudadano, promovido por la panista Alma Hilda Medina Macías, quien se inconformó contra la asignación de una diputación plurinominal a Heriberto Gallegos del Partido Nueva Alianza (PANAL).
Alma Hilda alegó que el acuerdo G-A-58/10 del IEEAGS era invalido por inconstitucionalidad del artículo 278 del Código Electoral de Aguascalientes y pretendía le fuera asignada la diputación correspondiente a la tercera posición de la lista de candidatos a diputados plurinominales registrada por el Partido Acción Nacional.
La sentencia de la Sala Regional Monterrey del TEPJF consideró que la asignación de diputaciones plurinominales realizada por el IEEAGS fue correcta y apegada a la legislación vigente, por lo que resolvió:
Se confirma el acuerdo CG-A-58/10 emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, por el cual se realizó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

Dejando intacta la lista de diputaciones plurinominales:

Partido Político

Cargo

Propietario

Suplente

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

1ER DIPUTADO

FRANCISCO GABRIEL ARELLANO ESPINOSA

JOSE GUADALUPE ORTEGA VALDIVIA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

2° DIPUTADO

ARTURO GONZALEZ ESTRADA

ALBERTO LOPEZ REGALADO

PARTIDO NUEVA ALIANZA

3ra. DIPUTADO

HERIBERTO GALLEGOS SERNA

PAULINA ALEJANDRA GUTIERREZ HOYOS

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

4to. DIPUTADO

GILBERTO CARLOS ORNELAS

RAMON RAMIREZ LUEVANO

PARTIDO CONVERGENCIA

5to. DIPUTADO

ROBERTO MARTINEZ MUÑOZ

ROBERTO ESAU AIZPURU ZACARIAS

PARTIDO DEL TRABAJO

6to. DIPUTADO

HECTOR QUIROZ GARCIA

JESUS TONATIUH VILLASEÑOR ALVARADO

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

7to. DIPUTADO

SERGIO AUGUSTO LOPEZ RAMIREZ

MARIA ELENA SANTOYO VALENZUELA

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

8vo. DIPUTADO

JOSÉ LUIS ALFEREZ HERNÀNDEZ

RAÚL GONZÁLEZ LANDÍN

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

9no. DIPUTADO

ALFREDO MARTÍN REYES VELAZQUEZ

JOSÉ DE JESÚS SANTANA GARCÍA


Por cierto, en la página 61 de la sentencia, se cita la "La Constitución del Estado de Zacatecas" y en esa misma página se señala "el Código Electoral de la entidad en cita", seguramente por un error a la hora de redactar, pues el asunto tratado se refiere al Estado de Aguascalientes.




Actualización

Comunicado del CEN del PAN:

El Comité Ejecutivo Nacional del PAN se reunió el día de hoy en sesión extraordinaria, para continuar con el proceso de sanción del actual gobernador del estado de Aguascalientes y miembro panista, C. Luis Armando Reynoso Femat.

Luego de analizar las violaciones a los artículos 14, 15 y 64 de los Estatutos Generales del Partido y lo dictado por los artículos 33 y 40 del Reglamento Sobre Aplicación de Sanciones, el Comité determinó declarar la expulsión de C. Luis Armando Reynoso Femat de las filas del Partido Acción Nacional. Cabe destacar que al no presentarse a comparecer, renunció al derecho de exponer ante los integrantes de este órgano los argumentos a su favor.

El CEN del PAN ordenó se informe de la resolución aprobada al Registro Nacional de Miembros de Acción Nacional, así como al C. Luis Armando Reynoso Femat.
| Expulsa CEN del PAN a Reynoso Femat

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Un gobernador que dejará el puesto en diciembre próximo se quedó sin partido político este lunes. Luis Armando Reynoso Femat, de Aguascalientes, fue expulsado del PAN después de ser acusado de traición.

El mismo Reynoso Femat denunció que en el Partido Acción Nacional había abierto un frente en su contra cuando se le notificó que el 30 de agosto se llevaría a cabo una audiencia para que pudiera defenderse de los cargos.

El gobernador decidió no asistir a la audiencia y rechazó hacer uso de su derecho a explicar qué lo llevó a apoyar al candidato de la oposición, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en la elección del pasado 4 de julio.

Al no acudir a la audiencia, automáticamente quedó fuera de las filas del PAN.

"No vale la pena ni el desgaste de tener que recurrir al propio CEN (Comité Ejecutivo Nacional) porque pues hay muchas cosas que van contra la corriente y no tiene caso perder el tiempo, y más a estas alturas, que lo más importante que estamos realizando es entregar obras a la población", dijo Reynoso Femat horas antes de la audiencia.

El gobernador adelantó que apelará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la decisión de expulsarlo.

En mayo, a dos meses de los comicios para elegir al nuevo gobernador de la entidad, Reynoso Femat dejó claro que respaldaría a Carlos Lozano de la Torre, candidato del PRI, como su sucesor.

Los panistas de Aguascalientes dijeron que iniciarían de inmediato un proceso para expulsarlo del partido y lo señalaron como “un adversario político más” al que se enfrentarían en la elección de julio.

“Aquel que participe en una campaña para otro partido merece expulsión automática; eso, lo del apoyo, nos consta a todos, le consta a César Nava (dirigente nacional del PAN), le consta al CEN y le consta a toda la sociedad, fue evidente y hay pruebas”, dijo Martín Orozco, candidato del PAN a la gubernatura.

En los comicios para gobernador resultó ganador el candidato de la Alianza por tu Bienestar, Carlos Lozano de la Torre, con el 47.67% de los votos. La coalición que lo impulsó estuvo liderada por el PRI, pero también participó el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido Nueva Alianza (Panal).

El aspirante del PAN obtuvo el 42.46% de los votos emitidos por los hidrocálidos.

El gobernador Luis Armando Reynoso era panista desde 1994, cuando se afilió al partido tras dejar atrás sus orígenes priistas: su abuelo y su padre fueron alcaldes de la ciudad de Aguascalientes con el PRI.

La carrera de Reynoso Femat con el PAN tomó vuelo en 1998 cuando se convirtió en el segundo alcalde de Aguascalientes consecutivo para ese partido, para el periodo 1999–2001.

El presidente del Comité Directivo Estatal del PAN, Arturo González Estrada, fue el encargado de entregar el pasado 24 de agosto la notificación de expulsión.

“Con esta notificación el ingeniero Luis Armando Reynoso Femat tendrá la posibilidad de acudir al Comité Ejecutivo Nacional, el 30 de agosto, para dirimir los argumentos que tenga en su defensa”, dijo González Estrada.

La polémica tras Reynoso Femat

En 2008 se hizo público que el sueldo del gobernador de Aguascalientes era 50% más alto que el del presidente mexicano Felipe Calderón.

Con los 255,000 pesos que Reynoso Femat recibía cada mes, se convirtió en el gobernador mejor pagado. Su sueldo base era de 105,000 pesos, pero además recibía otros 150,000 por la prestación de “riesgo laboral”.

El gobierno de Aguascalientes informó que en agosto de 2009 se aprobó una política de austeridad en la entidad y que el salario de Reynoso se reduciría hasta en 49% para recibir sólo 130,000 pesos mensuales.

| El PAN expulsa al gobernador de Aguascalientes, lo acusan de traición

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