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El Gobierno del Estado de Aguascalientes ha difundido esta tarde el siguiente comunicado de prensa, en el que se congratula de un fallo de la SCJN en contra de los diputados panistas que impugnaron la aprobación de un endeudamiento hasta por 2 mil millones de pesos:

Boletín No.2422.

Aguascalientes, Ags. , 15 de Marzo del 2007.

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA INFRINGE OTRO REVÉS A LOS DIPUTADOS INSTITUCIONALES Y SANCIONA SU ACTITUD PROCESAL.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación dió otro revés al grupo de diputados institucionales del Congreso del Estado al resolver en su contra el recurso de reclamación interpuesto por la negativa para conceder la suspensión de los acuerdos tomados por el pleno legislativo en la asamblea del pasado 27 de diciembre, dentro del cual autoriza al Ejecutivo del Estado para llevar a cabo la bursatilización del Impuesto Sobre la Nómina.

Además, se estableció una multa económica en contra de Fauzi Hamdan Amad, en su carácter de delegado designado por los diputados conocidos como Institucionales, por motivo de la interposición de recursos notoriamente improcedentes, cuyo único objetivo fue bloquear la procedencia del crédito que impulsará el desarrollo de Aguascalientes a través de proyectos estratégicos respaldados por el financiamiento del Impuesto Sobre la Nómina.

Cabe señalar que el pasado mes de enero los 10 diputados institucionales, con el afán de no permitir al Gobernador del Estado la ejecución de los proyectos que permitan avanzar en el desarrollo económico y generar los empleos que demandan los ciudadanos, recurrieron a la acción de inconstitucionalidad, la cual quedó registrada en el expediente 2/ 2007.

Posteriormente, con fecha del 14 de marzo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia resolvió por unanimidad de cuatro votos el desechamiento del recurso de reclamación por considerarlo improcedente, quedando firme la resolución que no les concede la suspensión y demostrando de nueva cuenta que no tienen la razón y evidenciando sus intereses de grupo, muy ajenos al común de los aguascalentenses.

Tal resolución se publica el día de hoy en la Página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

Como consecuencia del desechamiento del recurso, se interpuso al recurrente una multa de conformidad con el Artículo 54 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Tal sanción se fijará de los 10 a 120 días de salario mínimo vigentes en el Distrito Federal.

Con lo anterior se reafirma que el Gobierno del Estado puede disponer del crédito autorizado por Congreso del Estado en los términos aprobados por el pleno.


Actualización:
Corregido el enlace a la página de la SCJN, pues el gobienro estatalincluyó en su boletín una liga a otro asunto.

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