Salvo en un municipio, en el resto del estado de Aguascalientes los habitantes dejarán de pagar el servicio de alumbrado público gracias a una decena de juicios de acciones de inconstitucionalidad que ganó a su favor el procurador General de la República, Daniel Cabeza de Vaca.El Universal | Dejarán de pagar alumbrado público como impuesto en Aguascalientes
En la sesión pública de este lunes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló, por considerarlas inconstitucionales, las leyes y normas estatales que facultaban a 10 de los 11 municipios de Aguascalientes a cobrar una cuota por el servicio de alumbrado público, con base en un cálculo que tomaba en cuenta el consumo de energía que cada habitante realiza en su casa o negocio.
Para evitar que esta decisión afecte las arcas de los municipios y del estado, el Congreso de Aguascalientes deberá establecer un sistema de cobro que no sea violatorio de la Constitución.
Por lo pronto, la población que se verá beneficiada con esta decisión será la de los municipios de Pabellón de Arteaga, Tepezalá, San Francisco del Romo, San José de Gracia, Rincón de Romos, Calvillo, Jesús María, Asientos, Cosío y El Llano.
El único municipio que no se vio beneficiado con esta decisión es el que lleva el mismo nombre de la entidad: Aguascalientes.
Este fallo de la SCJN beneficia, por un lado, a los ciudadanos de los 10 municipios del interior del estado, quienes ya no verán en sus recibos de energía eléctrica el cobro del derecho de Alumbrado Público (DAP). Pero perjudica, por otro lado, las finanzas de esos mismos 10 municipios, pues dejarán de percibir importantes recursos que destinan al pago del alumbrado público, un compromiso que distrae buena parte de los recursos del presupuesto anual.
Ni el mismo Procurador de la República ha dado a conocer las razones que lo llevaron a impugnar el cobro de dicho impuesto; lo que queda muy claro es que no fueron los gobiernos municipales quienes le pidieron que lo hiciera.
Cabe la posibilidad que el mismo Gobierno del Estado haya sugerido a la Procuraduría General de la República que presentara la respectiva queja ante la SCJN, aunque no quedan claras las razones para hacer un movimiento que pondrá en aprietos las finanzas municipales. Y no tardaremos mucho tiempo en que los alcaldes del interior del estado pidan al Gobierno del Estado los apoye con recursos que sustituyan los que tenían presupuestado obtener mediante el cobro del DAP.
También cabe la posibilidad de que sea una medida electorera, de cara alas elecciones federales de julio próximo, pues los beneficiados son los ciudadanos, en primera instancia, aunque a la larga los gobiernos municipales dejarán de gastar en otra cosa y pagarán el recibo de la energía eléctrica.
El único municipio que no afectará sus finanzas con la resolución de la Suprema Corte es el de Aguascalientes, pues desde hace unos 10 años su Ley de Hacienda contempla el cobro del DAP. Claro que el ex alcalde de Aguascalientes y actual gobernador, Luis Armando Reynoso Femat dice que la reforma se dió durante su gestión administrativa, en un gesto de oportunismo político. El resto de los municipios contempla el ingreso en su Ley de Ingresos, lo que facilitó al Procurador General para obtener un fallo favorable de la SCJN.
No se ve clara la intención de favorecer a los ciudadanos con dejar de pagar el DAP, si indirectamente se les perjudicará al comprometer las finanzas municipales.
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